martes, 16 de julio de 2013

Una Patente de Corso bastante particular a nombre de Chevrón



Por Emir Ayala / La patente de corso fue una figura jurídica utilizada por los monarcas europeos del siglo XVIII para dar permiso a los piratas a convertirse en súbditos a cambio de robar riquezas, atacar flotas y destruir poblaciones enemigas. El reino, de esta manera, se aseguraba el sabotaje al enemigo, parte de los beneficios y piratas súbditos impedidos de atacar flotas comerciales de la misma bandera que ellos. Hace 5 días, Cristina Fernandez de Kichner, junto a Juan M. Abal Medina, Hernán G. Lorenzino y Julio M. De Vido firmaron el decreto Decreto 929/2013, la Patente de Corso entregada a Chevrón. Este decreto comparado con una patente de corso tiene puntos de comparación, hay un robo de riquezas, hay destrucción de poblaciones, hay un beneficio comercial para ambos y un gran sabotaje en términos ambientales. Pero la diferencia esencial radíca en que el sabotaje, el robo y la destrucción es en lo que se supone territorio amigo, territorio nacional. Rara manera de hacer negocios la de este gobierno. El decreto en cuestión dice: "[...]Que se crea la figura de la “Explotación No Convencional de Hidrocarburos”, la que consiste en la extracción de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos mediante técnicas de estimulación no convencionales aplicadas en yacimientos ubicados en formaciones geológicas de rocas esquisto o pizarra (shale gas o shale oil), areniscas compactas (tight sands, tight gas, tight oil), capas de carbón (coal bed methane) y/o caracterizados, en general, por la presencia de rocas de baja permeabilidad.[...]" Esto no significa otra cosa más que el Fracking en Argentina es legal, y no solo eso, se promueve su utilización con un gran beneficio arancelario (libre de retenciones a las exportaciones) para aquellos que inviertan moneda extranjera para aplicar esta "tecnología" en nuestro territorio. Todo sea por lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos en la Argentina. Todo sea para que entren de manera inmediata divisas extranjeras al territorio nacional. Sin importar las consecuencias, claro. Algo llamativo es que el decreto no menciona las palabras "ambiente", "ecosistema", "contaminación", etc. ninguna palabra relacionada con la salvaguarda del medio natural. Incluso en las razones de cese del contrato de concesión que declara el decreto ninguna de ellas está relacionada directamente con el hecho de la contaminación. Esto basta para presumir que la contaminación es inevitable en el proceso y aceptada de una forma tácita por las partes. Para seguir con los beneficios solo basta para la empresa con la no "transgresion REITERADA del deber de proporcionar la información exigible". El requisito más riguroso de la ley 17.319, art 80 es no cometer una grave falta de manera reiterada, habría que consultar a cuantas veces se refiere con esa palabra. Supongo a que un número de veces infinito. En conclusión el dato no es desalentador para los aplaudidores del “modelo nacional y popular” ya que van a necesitar mantenerse en el poder 2 o 3 décadas más y ahorrar mucho para comprar un país a donde nos podamos mudar, porque a este lo declararon descartable.-

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