lunes, 27 de septiembre de 2021

El Colegio del Uruguay y la ley 1420

Por José Antonio Artusi

El día que se promulgó la ley 1420 de educación común, pública, laica, gratuita y obligatoria, el 8 de Julio de 1884, el Presidente de la Nación, su Ministro de Instrucción, el diputado autor del proyecto de ley y el Presidente de la Cámara de Diputados compartían una inusual coincidencia: todos habían sido alumnos del Colegio del Uruguay, el “heredero de Urquiza”. Casualidad? No creo. Tengo para mí que ese día dió uno de sus frutos más brillantes la semilla plantada por el Organizador de la Nación 35 años antes al fundar en Concepción del Uruguay el primer colegio laico del país y al procurar que tuviera los recursos necesarios y los mejores profesores de los que se podía disponer en ese momento.

Se logró así, tras numerosos contratiempos y conflictos, una norma que iba a resultar fundamental como uno de los pilares de la Argentina moderna y republicana, que nunca dejó de recibir, abierta o veladamente, los embates reaccionarios de los nostálgicos de la Argentina colonial y autoritaria. La ley que Sarmiento no había podido lograr como Presidente, pero claramente inspirada en sus ideas, con el apoyo decidido de Leandro Alem y otros dirigentes progresistas de la época, se tornaba realidad.    

El Presidente es conocido, y buena parte de los ataques que recibió y sigue recibiendo son producto de su compromiso con esta ley, y con haber afrontado con decisión los costos políticos de mantenerla y aplicarla: Julio Argentino Roca, alumno del Histórico Colegio entre 1856 y 1858.

Al Ministro de Instrucción, Eduardo Wilde, nos hemos referido en otra columna. 

Onésimo Leguizamón, a pesar de ser entrerriano, no es por ello mucho más conocido. Una de las calles que flanquean al Colegio y una de sus aulas llevan su nombre, pero su obra gigantesca es ignorada casi por completo. 4 años mayor que Roca, nació en Gualeguay. Abogado, juez, periodista, político, la educación estuvo siempre en el centro de sus afanes, tal como se desprende de las responsabilidades que asumió, a pesar de su temprana muerte a los 47 años: legislador provincial y nacional, Ministro de Educación de Entre Ríos entre 1864 y 1868, Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública del Presidente Avellaneda entre 1874 y 1877, integró luego la Suprema Corte de Justicia, pero no vaciló en renunciar a esa alta magistratura para presidir el Congreso Pedagógico. Como diputado asumió la responsabilidad de presentar y defender el proyecto que dio origen a la ley 1420. Sarmiento llegó al extremo de sincerarse: “Tanto veo que elogian sus trabajos de educación, que empiezo a ponerme celoso”. Ante su tumba, Wilde lo definió como “el temible campeón de la libertad de conciencia”.

Mucho más tarde, en 1947, durante los acalorados debates parlamentarios que se suscitaron ante la derogación de la ley 1420, el diputado Silvano Santander recordaría a Leguizamón y a su principal legado: “Los árboles, dice el Eclesiastés, se juzgan por sus frutos. ¿Cuáles han sido los resultados de esta ley? Una Argentina alfabetizada, sin problemas raciales y religiosos”. Que la “gloria y loor” no sean sólo para su principal ideólogo, sino también para los estudiantes del Colegio que la hicieron realidad.-


Publicado en el diario La Calle de Concepción del Uruguay el día 26 de Septiembre de 2021.- 

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